"La Ley aragonesa 4/2002, de 25 de marzo, crea la Comarca de Somontano de Barbastro, una Entidad local territorial con personalidad jurídica propia, capacidad y autonomía para el cumplimiento de sus fines.
La Comarca tendrá a su cargo la ejecución de obras, la prestación de servicios y la gestión de actividades de carácter supramunicipal, cooperando con los municipios que la integran en el cumplimiento de sus fines propios. Asimismo representará los intereses de la población y del territorio comprendidos dentro de la delimitación comarcal, en defensa de la solidaridad y el equilibrio dentro de Aragón.
La misma Ley le atribuye la posibilidad de ejercer competencias propias en 18 materias. En una primera fase, el Gobierno de Aragón ha transferido a la Comarca (Decreto 216/20002, de 25 de junio de transferencias, modificado por Decreto 4/2005, de 11 de enero) competencias en las siguientes materias:
- Acción Social
- Cultura
- Deporte
- Juventud
- Patrimonio Cultural y Tradiciones Populares
- Promoción del Turismo
- Protección Civil
- Servicios de Recogida y Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos
En segundas o posteriores fases se transferirán otras competencias en materia de ordenación Territorial y Urbanismo, Transportes, Protección del Medio Ambiente, Sanidad y Salubridad Pública, Agricultura, Ganadería y Montes, Artesanía, Protección de los Consumidores y Usuarios, Energía, Promoción y Gestión Industrial, Ferias y Mercados Comarcales, Enseñanza, y otras que puedan ser ejercidas en el futuro conforme a la legislación sectorial correspondiente."
Ley 4/2002, de 25 de Marzo, de creación de la Comarca de Somontano de Barbastro
Decreto de concreción de competencias del 24 de enero de 2005